Comenzaremos diciendo que un cheque es un título de crédito mediante el cual una persona libra contra una institución de crédito el pago de un determinado monto de dinero a un tercero. Existen tres tipos de personas que interactuan en la vida de un cheque: librador, el librado y el beneficiario.
Es requisito esencial que el librador tenga una cuenta corriente en el segundo, mediante esta cuenta, la entidad recibe dinero del depositante (librador) y se obliga a devolverlo pagando los cheques que el librador realice a favor del tenedor o beneficiario.
Existe una clasificación primaria de los cheques:
- Cheques comunes: son pagaderos el día de su presentación (que no puede exceder de 30 días contados desde su emisión).
- Cheques de pago diferido: es una orden de pago librada a días vista, a contar desde su presentación para registro en una entidad autorizada, contra esta u otra entidad en la cual el librador, a la fecha de vencimiento, debe tener fondos suficientes depositados a su orden en cuenta corriente o autorización para girar en descubierto, dentro de los límites de registro que autorice el banco girado.
- Cheque cancelatorio: es un medio para la cancelación de obligaciones de dar sumas de dinero. A diferencia de los demás tipos de cheques, los cancelatorios son emitidos por el Banco de la República de Colombia (quien los entrega a los bancos comerciales en consignación a medida que las entidades registran pedidos del público). Tienen una validez de 30 días corridos desde la fecha que figura en el documento, y pueden tener hasta dos endosos.
Luego, una segunda clasificación (que se encuentra contenida dentro de la primera) nos da lugar a:
- Cheque cruzado: solo puede ser depositado y cobrado por otra institución de crédito.
- Cheque al portador: no se debe tachar las palabras impresas “al portador” ni a la “orden”. Este tipo de cheque puede ser cobrados por cualquier persona que lo presente en el banco.
- Cheque a la orden: se debe tachar las palabras “al portador”. De esta forma el cheque sólo podrá ser cobrado por la persona cuyo nombre aparece escrito a continuación de las palabras “páguese a la orden de” . Permite ser endosado, es decir, cobrado por otra persona al escribir su firma en el dorso del cheque. Al ser endosado, cualquier persona puede cobrarlo como si fuera al portador.
- Cheque no a la orden: solo puede cobrarse por la persona a cuyo nombre esta emitido.
- Cheque certificado: El librador exige al librado que lo certifique haciendo constar que tiene en su poder fondos suficientes para cubrir el cheque. Se realiza con palabras como “acepto” “visto” o “bueno” escritas por el librado.
- Cheque de caja: Es un cheque expedido por una institución de crédito a sus propias dependencias. Cheque de viajero: es emitido por una determinada institución de crédito y abonados por una dependencias suya dentro del país o en el exterior.
queria saber si pueden rechazar mi cheque porque lo deposite el 21/01/2011(hoy) y luego recorde que era para el 24/01/2011. era cruzado – no a la orden y de otro banco. gracias por toda su informacion
bueno mi comentario sobre las clases de cheques es que son fundamentales en un banco ya que por medio de ellos es que las personas pueden retiraar su dinero sin ninguna dificultad o algo por el estilo.
si el cheque es cruzado siempre es depositado en cuenta y si es diferido y dice para q se cobre desde el 24… tendra q depositarlo el mimo 24…. sino rebotara… saludos.